1. Una declaracion bajo juramento es tomada
por un miembro de la Oficina de Investigaciones Internas.
Declaraciones bajo juramento tambien son
tomadas de cualquier testigo del incidente.
Estas declaraciones son certificadas por notario, juradas, y tratadas en
la misma manera como testimonio es tratado en una corte de ley, en consecuencia
la estatuto de perjuro es aplicada.
2. El
oficial involucrado y cualquier otros oficiales presentes en el lugar del
incidente son obligados a responder por escrito en contestacion a la queja del
reclamante.
3. Cualquier ciudadano presente en el area
del incidente, que fue testigo, tambien
es entrevistado y solicitado a dar una declaracion bajo juramento.
4. Cuando apropiado, un historial medico y
evidencia fisica son examinados. Fotos
seran tomados de la escena del incidente, de heridas a personas, y de danos a
propiedad.
5. El
reclamante, testigos, y el oficial pueden ser obligados a tomar un examen
poligrafo.
6. Cuando se completa una investigacion, el
caso es enviado a un comite asesor.
7. Un comite asesor es construido de nueve
miembros (ciudadanos y oficiales), que
revisa el caso y presenta sus resultados al jefe de policia. El reclamante
tiene la opcion a dirigirse al comite.
8. El Jefe de Policia hace la decision final
en el asunto. Si la decision es para
suspender al oficial, el oficial puede apelar la decision a la Comision de
Servicio Civil. La Comision altera o
sostiene la decision.
9. Si una decision disciplinaria es sostenida
por la Comision de Servicio Civil, el oficial tiene el
derecho de apelar la decision con un Arbitro,
o en una corte de ley del distrito.
10.Una
respuesta de la disposicion final del caso sera enviada por la Oficina del Jefe
de Policia al ciudadano y al oficial.
11. En acuerdo con el contrato
policial, el departamento tiene 180 dias para administrar acciones
diciplinarias contra un oficial por conducta contra las reglas del
departamento.
PARA MAS INFORMATION, LLAME (210) 207-7365.